Informes para amortización de puestos de trabajo en Barcelona



En SAM Sistemas tenemos amplia experiencia en la confección de informes técnicos de estudio de las causas de amoritización de los puestos de trabajo recogidas en el estatuto de los trabajadores, como son las causas técnicas, o de productividad.


Nuestros informes sirven de apoyo a los juristas responsables en los procedimientos de amortización de puestos de trabajo en las empresas.


EL DESPIDO POR AMORTIZACION DEL PUESTO DE TRABAJO


Es frecuente que una empresa en algún momento de su vida, necesite amortizar determinados puestos de trabajo. Esta decisión, en principio fácil, implicaría la obligación de abonar al trabajador una indemnización de 45 días de salario por año de servicio prestado. Sin embargo, si el empresario puede basar su decisión en alguna de las causas establecidas en el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores -denominadas económicas, técnicas, organizativas o de producción-, la indemnización a satisfacer quedaría reducida a 20 días de salario por año trabajado. Al empresario le interesa, por lo tanto, poder acogerse a alguna de estas causas para que la indemnización sea lo menos gravosa posible.


EXAMEN DE LAS DISTINTAS CAUSAS


Las causas recogidas en el Estatuto de los Trabajadores para la utilización del despido por amortización del puesto de trabajo, son las siguientes:


● Causa económica: es aquella que actúa sobre el resultado de la gestión empresarial, sobre su equilibrio de ingresos y gastos, de costes y beneficios.

● Causa técnica: es la que afecta a los instrumentos de producción o incluso al objeto del trabajo, produciendo alteración o modificación del proceso de producción al introducir nuevos métodos, que conllevan reestructuración de los servicios o especialidades propias.

● Causa de organización: es la decisión empresarial de reajuste de la organización productiva, aun cuando ésta no se fundamente en la previa inversión empresarial para la renovación de los bienes de equipo.

● Causa productiva: es aquella que viene determinada por el resultado del proceso de trabajo, comprendiendo las dificultades que el entorno ocasiona a la capacidad productiva de la organización empresarial y que imponen la transformación o reducción de la producción.


De lo expuesto hasta ahora, fácilmente se desprende que la dificultad estribará en demostrar la concurrencia de una de las causas en las que se puede apoyar este tipo de despido:


- Si se alega la causa económica, únicamente habrá de acreditarse que la empresa tiene resultados negativos, no siendo suficientes las situaciones de disminución de beneficios empresariales.


● Si se alega causa técnica, habrá de acreditarse que se han realizado inversiones por parte de la empresa afectada, justificativas de la amortización del puesto de trabajo, ya que de no acreditarse la inversión, se denegará la amortización.

● Si la causa alegada es la organizativa, el empresario deberá demostrar el acometimiento de una reorganización de sus medios materiales y personales que vacíen de contenido el puesto de trabajo que se pretende amortizar.

● Por último, si se alega la causa productiva, habrá de probarse la producción de disfunciones en el entorno de su actividad, que le obligan a modificar o disminuir la producción, haciendo obsoleto uno o varios puestos de trabajo: falta de pedidos, descenso progresivo de la producción o de la actividad de la empresa, etc.


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