Si necesitas abrir tu clínica dental, contactanos, podemos ayudarte con nuestra experiencia, aqui puedes ver el tipo de permisos que te harán falta. ¿Qué es una clínica dental? Una clínica dental es un local donde se realizan intervenciones dirigidas a la salud bucal por personal cualificado. Estas intervenciones pueden ser tanto para diagnosticar como para prevenir o tratar posibles enfermedades bucales.
¿Qué tipo de establecimiento necesito?
Al igual que para el resto de actividades el objetivo se centra en encontrar el local que se adapte a las exigencias normativas de la actividad con el mínimo de inversión. Existen características comunes, como puede ser la altura mínima de 2,50m, o características específicas que dependen de la superficie del local y de si la actividad es de concurrencia pública, como en este caso.
¿Qué permisos hacen falta para abrirla?
1. Permiso de obras
Una vez decidido el local donde queremos instalarnos, decisión que siempre conviene tomarla con el asesoramiento de un técnico que conozca las necesidades y requerimientos de este tipo de actividades, y una vez realizado el plano de distribución del local, es muy probable que precisemos hacer obras para adaptarlo y para ello deberemos solicitar al Ayuntamiento el pertinente permiso de obras, que incluye un proyecto elaborado por un técnico competente, que deberá pasar por la supervisión de una entidad de control que revisará que este proyecto da cumplimiento de toda la normativa vigente aplicable, lo que validará el proyecto antes de realizar las obras. Las normativas mas destacadas normalmente son:
● Protección pasiva contra incendios: Dependiendo del tipo de estructura deberemos protegerla mediante pintura o proyección ignifuga.
● Ventilación: Para asegurar la calidad del aire interior del local, la normativa exige una renovación mínima de este cada hora, mediante la aportación y la extracción de aire desde y hacia el exterior. No confundir con la climatización del local que no es obligatoria.
● Aislamiento acústico: Dependiendo del tipo de maquinaria y de la cercanía de la actividad a viviendas vecinas, en ocasiones es necesario aislar el local o zonas de el al ruido.
● Instalación eléctrica: Se deberá adecuar la instalación eléctrica para dar cumplimiento al Reglamento Eléctrico de Baja Tensión, así como se precisará de un sistema de iluminación de emergencia.
● Zona de residuos: Dependiendo del Ayuntamiento, como en el de Barcelona, se exige la reserva de un espacio para a la gestión y clasificación de residuos, y su tamaño viene impuesto por la normativa.
● Sala rayos X: Cuando se desea disponer de un equipo ortopanto se debe prever una sala especial aislada con plomo, y convenientemente certificada, para evitar la propagación de las radiaciones.
● Instalación de las sillas dentales: Las sillas de asistencia bucal demandan instalaciones independientes de aire comprimido, agua y aspiración.
● Sala Técnica: Normalmente es buena idea centralizar la maquinaria de aspiración y de compresión de aire en una sala técnica conjunta, lo que permite aislarlas al ruido.
2. Proyecto eléctrico
Tan solo por el el hecho de ser un establecimiento de pública concurrencia, la normativa exige un proyecto eléctrico específico para esa actividad y no es suficiente con el Boletín eléctrico habitual en otras actividades. Este proyecto también debe realizarlo un técnico competente y servirá de guía para que el instalador sepa el tipo de protecciones y cableados que debe instalar en cada caso y según las necesidades de potencia requeridas por la maquinaria e iluminación.
3. Proyecto de actividad
Una vez finalizadas las obras y superada la inspección de control de la Entidad de Control, se debe redactar el proyecto de actividad que incluirá todos los puntos anteriores y que se deberá presentar, previa aprobación de la Entidad de Control, en el Ayuntamiento junto con la comunicación de apertura del establecimiento. Las clínicas dentales se clasifican como 12.26/1c Consultorio odontológico.
Licencias
● Licencias para Establecimientos Industriales
● Licencias de apertura para Bares y Restaurantes
● Licencias de apertura para Comercios y Alimentación
● Apertura de locales de pública concurrencia
● Licencia de actividad para Oficinas y Despachos profesionales